El Suplemento para establecimientos dedicados a la venta y suministro de medicamentos, dispositivos médicos y demás insumos para la salud 7.0, establece las especificaciones y los requisitos para las actividades relacionadas con el manejo, distribución y dispensación de medicamentos, dispositivos médicos y demás insumos para la salud, así como los documentos legales y técnicos bajo los cuales se rigen tales actividades en boticas, droguerías, farmacias y almacenes de depósito y distribución.
Este Suplemento lo suelen adquirir para los siguientes establecimientos:
- Farmacias.
- Farmacia hospitalaria.
- Droguerías y boticas.
- Organismos reguladores.
- Almacenes de depósitos y distribución de medicamentos, productos biológicos para uso humano, dispositivos médicos o remedios herbolarios.
- Industria farmacéutica.
MODIFICACIONES
-Capítulos del Suplemento para establecimientos dedicados a la venta y suministro de medicamentos, dispositivos médicos y demás insumos para la salud 7.0 de la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos que fueron modificados respecto al Suplemento para establecimientos dedicados a la venta y suministro de medicamentos y demás insumos para la salud, sexta edición y el Suplemento 2020 de la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos:
-Capítulo I. Requisitos para la operación de Boticas, Droguerías y Farmacias (antes VI. Requisitos para la operación de farmacias).
-Capítulo II. Requisitos para la operación de almacenes de depósito y distribución de remedios herbolarios, medicamentos, dispositivos médicos y demás insumos para la salud (antes VII. Requisitos para la operación de almacenes de depósito y distribución de insumos para la salud).
-Capítulo III. Procedimientos Normalizados de Operación (antes VIII. Procedimientos Normalizados de Operación).
-Capítulo IV. Control de existencias (antes IX. Control de inventarios).
-Capítulo V. Manejo y almacenamiento de los remedios herbolarios, medicamentos, dispositivos médicos y demás insumos para la salud (antes X. Manejo y almacenamiento de los Insumos para la salud).
-Capítulo VI. Receta médica (antes XI. Receta médica).
-Capítulo VII. Medicamentos estupefacientes y psicotrópicos (antes XII. Medicamentos estupefacientes y psicotrópicos).
-Capítulo VIII. Control de antimicrobianos (antes XX. Control de antibióticos).
-Capítulo IX. Medicamentos genéricos y biocomparables (antes XIII. Medicamentos genéricos y biocomparables).
-Capítulo X. Medicamentos magistrales y oficinales (antes XIV. Medicamentos magistrales y oficinales).
-Capítulo XII. Farmacia Hospitalaria (antes XVII. Farmacia Hospitalaria).
-Capítulo XIII. Gestión integral de residuos de fármacos, medicamentos y dispositivos médicos (antes XVIII. Destrucción de medicamentos).
-Capítulo XIV. Actividades indebidas (antes XIX. Actividades indebidas).
-Apéndice II. Informativo. Historia de la Farmacia (antes capítulo II. Historia de la Farmacia).
-Apéndice III. Normativo. Definiciones (antes capítulo III. Definiciones).
-Apéndice IV. Informativo. Guía para la selección e identificación de la clasificación de medicamentos, dispositivos médicos y demás insumos para la salud en los Establecimientos (antes capítulo IV. Clasificación de medicamentos y dispositivos médicos).
-Apéndice V. Informativo. Formas farmacéuticas (antes capítulo V. Formas farmacéuticas).
-Apéndice VI. Informativo. Actividades de farmacovigilancia y tecnovigilancia (antes capítulo XV. Actividades de farmacovigilancia y tecnovigilancia).
-Apéndice VII. Informativo. Regulación Sanitaria (antes capítulo XXII. Regulación Sanitaria).
Nota: los siguientes capítulos cambiaron solo en su designación y orden de presentación:
-Capítulo XI. Atención Farmacéutica (antes XVI. Atención Farmacéutica).
-Capítulo XV. Auditorías (antes XXI. Auditorías).
-Apéndice I. Informativo. Código deontológico (antes capítulo I. Código deontológico).





